Civil

Daños y perjuicios: bases del reclamo en el CCCN

Principios de responsabilidad civil en el Código Civil y Comercial (art. 1716 y ss.): daño, factor de atribución y reparación.

Estudio Lekerman · Actualizado 2026-08-24 · Lectura orientativa

Quien causa un daño injustificado está obligado a repararlo. El Código Civil y Comercial sistematiza la responsabilidad civil: hay que acreditar, en términos generales, el daño, el hecho generador, el nexo causal y el factor de atribución (culpa, dolo o supuestos de responsabilidad objetiva, según el caso).

Qué se puede reclamar

  • Daño emergente (gastos y pérdidas concretas).
  • Lucro cesante (ganancias dejadas de percibir), cuando se prueba.
  • Consecuencias no patrimoniales, cuando la ley lo admite.

Antes de demandar, en muchas materias civiles corresponde agotar la mediación prejudicial (Ley 26.589), salvo exclusiones. Un abogado evalúa prueba, plazos y vía procesal.

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